ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000575
PARTE ACTORA: TANIA GARCIA OVIEDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUILLERMO ALCALA PRADA
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NYDIA GONZALEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 23 de enero de 2012, a las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados GUILLERMO ALCALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.812, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y ZORAIDA MOULEDOUS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 22.141, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, según se evidencia de autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 13.000,00), en dos cuotas de de SEIS MIL QUINIENTOS EXACTOS (Bs. 6.500,00), cada una, a través de cheque a nombre de la trabajadora, en fechas jueves 2 febrero y jueves 1 de marzo de 2012, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos; la parte actora visto el ofrecimiento realizado por la demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro derecho que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que una vez conste en autos el cumplimiento del presente acuerdo, se ordenará el cierre y archivo del expediente.


La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín


Apoderado judicial de la parte actora



La apoderada judicial de la parte demandada



El secretario,

Abg. Antonio Boccia