REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y
Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 25 de enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2011-014415.
Demandante: VIVIANA BEATRIZ FORCUCCI BETTI, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V.-14.203.830.-
Demandado: GIOVANNI FRANCISCO SORRENTINO D’ MEY, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V.-14.679.894.-
Niña: SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad.-
MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención.-
Revisadas las actas procesales que integran el presente expediente contentivo de la demanda de Fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana VIVIANA BEATRIZ FORCUCCI BETTI, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V.-14.203.830, a favor de su hija SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad; en contra del ciudadano GIOVANNI FRANCISCO SORRENTINO D’ MEY, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V.-14.679.894; y visto que en esta misma fecha en Tribunal Octavo (8°) Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial homologó un acuerdo suscrito por las mismas partes del presente asunto en cuanto a la obligación de manutención de su menor hija; es por lo cual siendo innecesario dar continuidad al presente procedimiento así como cualquier pronunciamiento de este órgano jurisdiccional al respecto, esta Juez a cargo del Despacho del Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial declara en consecuencia concluido el presente procedimiento. Se ordena el cierre del presente asunto y el archivo del expediente. Devuélvase todo original. Cúmplase.-
PUBLIQUESE y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en el Despacho a cargo de la Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil doce (2012). Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Dania Ramírez Contreras.
Abg. Karla Salas.
Erick Rodríguez.
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