REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Caracas, 25 de enero de 2012
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2007-006209
SOLICITNATE: SEMIRAMIS MARIA VALOR CORTEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 6.893.655
BENEFICIARIA: MARIA FERNANDA MORALES VALOR, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 20.911.451
MOTIVO: ADMINISTRACION DE BIENES (Mayoridad)

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial la diligencia de fecha 11/01/2012, suscrita por la joven MARIA FERNANDA MORALES VALOR, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 20.911.451, debidamente asistida en este acto por el abogado GUILLERMO RAFAEL MORENO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.514, y el pedimento en ella contenido, este tribunal acuerda lo siguiente:
Visto que la ciudadana MARIA FERNANDA MORALES VALOR, antes identificada, es beneficiaria, y ésta alcanzó la mayoría de edad según acta de nacimiento N° 127, emanada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda en fecha 22/12/2011. Este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA amplia y suficientemente a la joven MARIA FERNANDA MORALES VALOR, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° V- 20.911.451, a movilizar y disponer de la cantidad del dinero que se encuentra en la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-14-0100453708 del Banco Industrial de Venezuela, en virtud de haber alcanzado la mayoría de edad, según se evidencia en su acta de nacimiento que corre inserta al folio 05 del presente expediente; por tal razón se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial (OCC), a los fines de tramitar lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABG. MARY LOURDES ROMERO LUNA
LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA MIRELES

MLRL/AM/Brey*