En horas de Despacho del día de hoy, Diecisiete de Enero del 2012, siendo las 09:00 horas de la mañana, se trasladó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de proceder con la MEDIDA DE EJECUCION FORZOSA decretada por el Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 25-10-2011, con motivo de la solicitud de Deslinde interpuesta por el Ciudadano JESUS JAVIER RONDON VALOR en contra de los ciudadanos OSMAN VALOR AVILA Y OTROS; en compañía del ABG. ANTONIO MIRANDA ZAMBRANO Inpreabogado Nª 85.832 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte solicitante, anteriormente identificada. Constituyéndonos en la siguiente dirección: Calle Comercio cruce con Calle Fraternidad, Casa Nº 07-93 en el Sombrero, Estado Guárico. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de ley fuimos atendidos por la Ciudadana APOLONIA AVILA DE VALOR a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este juzgado, en este estado el abogado ejecutante solicita el derecho de palabra, quien expone: “Solicito del Tribunal de practique la medida conforme a lo establecido en el Mandamiento de ejecución. En consecuencia se designó y juramentó al Ing. Juan Heredia, C. I. Nº 4.390.905, como Perito Avaluador, a quien el Tribunal le indica que realice las mediciones correspondientes, a los fines de la pared divisoria, motivo de la presente Ejecución Forzosa, quien expone: “De acuerdo al Mandamiento de ejecución se replantearon los siguientes elementos: 1) una lìnea de 9 metros sobre el lindero Este; 2) una lìnea de 23,50 metros por el lindero Norte; 3) una lìnea de 8 metros por el lindero Oeste; 4) se demarcó sobre la línea de 23,50 metros 09 zapatas de 0,80 x 0,80 metros que indican la longitud de la pared divisoria. En este estado se deja constancia de que se inicia la construcción de la pared y se acuerda fijar un nuevo traslado una vez culminada para verificar el cumplimiento de la presente ejecución. Es todo” Es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL SOLICITANTE (Fdo Ilegible) JESUS JAVIER RONDON VALOR; EL ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. ANTONIO MIRANDA ZAMBRANO; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) APOLONIA AVILA DE VALOR; y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.
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