REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 07 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2012-001848
Vista las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA AMERICANA presentada, en fecha 02/02/2012, por la Abogada ALICIA VALDEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Segunda (02º), actuando representación de la ciudadana ENALBA DOLORES ATENCIA y con fundamento en el interés superior de sus nietas (SE OMITEN SUS IDENTIDADES), de quince (15) y doce (12) años de edad, respectivamente, este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ENALBA DOLORES ATENCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.329.428, para que realice todas las diligencias necesarias por ante el Consulado de la Embajada Americana en Venezuela, a los fines de obtener las Visas correspondiente a sus nietas LUCIA CAROLINA y DANIELA NAZARATH, identificadas anteriormente. De igual manera, se le indica a la parte solicitante que la presente resolución sólo será a los fines de tramitar lo concerniente a la tramitación de dichas Visas. Expídase por secretaría copia certificada de la presente sentencia y entréguese a la parte interesada., a los fines legales correspondientes. Cúmplase.
La Juez Temporal
La Secretaria
Abg. Mary Lourdes Romero
Abg. Adriana Mireles
AP51-J-2012-001848
Mlrl/am/marianna
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