REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 9 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-002920
ASUNTO : JK01-X-2012-000022
Decisión Nº 10
JUEZ INHIBIDA: MILAGROS LADERA HERNANDEZ. JUEZ 1º DE JUICIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL
ACUSADO: JULIO RAFAEL JIMENEZ FERNANDEZ
MOTIVO: INHIBICION
PONENTE: DRA. BELKIS ALIDA GARCIA
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La ciudadana Abogada MILAGROS LADERA HERNANDEZ, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, se inhibió de conocer de la causa distinguida con el N° JP01-P-2010-002920, nomenclatura llevada por ese Juzgado, seguida al ciudadano JULIO RAFAEL JIMENEZ FERNANDEZ, por manifestar que se encuentra incursa en la causal contenida en el ordinal 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con el objeto de sustentar la inhibición propuesta, la ciudadana Juez inhibida, anexó copia del Acta de Audiencia Preliminar de fecha 04-11-2010, así como el Auto de Apertura a Juicio realizado en fecha 06-12-2010, cursante a los folios 4 al 15 del presente cuaderno.
En tal sentido, por considerarla útil y pertinente a los fines del pronunciamiento de fondo de la inhibición planteada, esta Sala acuerda ADMITIRLA y resolver dentro del lapso legal correspondiente. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE la inhibición planteada por la ciudadana Jueza inhibida, Abg. Milagros Ladera Hernández, Juez Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
LA JUEZA PRESIDENTA DE LA SALA
(Ponente)
DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
LOS JUECES INTEGRANTES
DRA. ANA SOFIA SOLORZANO DR. JULIO CESAR RIVAS
EL SECRETARIO
ABG. HENDRYS FERNANDEZ
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
ABG. HENDRYS FERNANDEZ
Asunto Nº JK01-X-2012-000022.-