REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Veinticinco (25) Días del Mes de Junio del Año Dos Mil Doce (2.012).-------------------------------------------------------------------

202º y 153º

Vista la Inhibición que cursa al folio número diez (10) del presente expediente, fechado el día dieciséis (16) de mayo del año dos mil doce (2012), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega Velásquez, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que por DESALOJO, es seguido por el ciudadano MARIO BAZZARELLY RIZZO, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL ACCESORIOS SHIRLY CARS, C.A, en la cual expuso:

“…De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente signado con el Nº 7.493-09 , contentivo del juicio que por Desalojo, seguido por Mario Bazzarelly Rizzo, contra Sociedad Mercantil Accesorios Shirly Cars,C.A constaté que la ciudadana Magdelia Pacheco de Chaparro es parte interviniente en el presente juicio ,actuando como parte co-demandada, considero que lo prudente y proporcionado, resulta inhibirme de conocer del presente proceso, ya que la referida ciudadana y mi conyugue son primos hermanos y por ende me une a ella en afinidad en segundo grado. Fundamento la presente inhibición en el artículo 82, ordinal 15º del Código de Procedimiento Civil...”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.
El Juez Titular,


Dr. Guillermo Blanco Vázquez
La Secretaria,


Abg. Shirley M. Corro B.

En esta misma fecha se remite las copias fotostáticas certificadas al Juzgado de la causa, de una (01) pieza constante de Doce (12) folios útiles, mediante Oficio Nº ______.-

La Secretaria,


Exp. Nro. 7.112-12