REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Cuatro (04) de Junio del Dos Mil Doce (2.012).

202º y 153º

Vista la inhibición que cursa al folio 16, de este expediente, fechado el día Nueve (09) de Marzo del 2.012, formulada por el Abogado Dr. Guillermo Blanco Vázquez, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio seguido por JOSE ANTONIO CORONADO contra SANTANA OLIVEROS MARIN por DAÑOS, en el cual expuso:

“Luego de una exhaustiva revisión de las actas que conforman el presente expediente, pude verificar que en fecha 13-12-2.011, en el expediente Nº 7.002-11 (Nomenclatura de este Tribunal) ) contentivo de este mismo juicio de DAÑOS interpuesto por JOSE ANTONIO CORONADO en contra de SANTANA OLIVEROS MARIN, dicte sentencia pronunciándome sobre la presente apelación, verificándose a los autos que dicho juicio guarda relación con el caso de autos, observando quien suscribe que he emitido opinión en el presente caso. No es la intención de ésta Alzada desprenderse del conocimiento de éste caso, sin razón fundamentada, pues para éste Juzgador, es indispensable otorgar una sana y debida Justicia, conforme a la Constitución y las leyes, debiendo ésta Alzada inhibirse, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.15 del Código de Procedimiento Civil” …”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR por ser procedente.
El Juez Accidental


Dr. Juan Bautista Aguirre N.
La Secretaria Accidental


Abg. Shirley M. Corro B.

Exp Nº 7.070-12