REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÈ FELIX RIBAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

TUCUPIDO, Veintiuno (21) de Junio de 2012
200° y 151°

SOLICITANTE: REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN. APODERADO DE LOS CO-HEREDEROS: ENILDE GUACARAN DE CORREA, EMILIO ALFONSO CORREA GUACARAN, REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN y ERICK LFONZO CORREA GUACARAN. .
MOTIVO: SOLICITUD DE ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITUD: Nº 5.393-12

Visto el escrito que encabezan estas actuaciones mediante el cual el ciudadano: REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN, APODERADO DE LOS CO-HEREDEROS: ENILDE GUACARAN DE CORREA, EMILIO ALFONSO CORREA GUACARAN, REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN y ERICK LFONZO CORREA GUACARAN, solicita sea declarado conjuntamente con sus coherederos, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto EMILIO ALFONZO CORREA LEDEZMA, quién falleció el día 23 de Diciembre de 2011, en la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos ROBINSON DE JESUS RODRIGUEZ SATURNO y AMILCAR JOSE INFANTE , quienes manifestaron conocer suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a los ciudadanos REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN, ENILDE GUACARAN DE CORREA, EMILIO ALFONSO CORREA GUACARAN, REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN y ERICK LFONZO CORREA GUACARAN ; que igualmente conocieron a el difunto EMILIO ALFONZO CORREA LEDEZMA, que les consta que el difunto mencionado falleció en la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital el día 23 de Diciembre de 2011y que les consta que el difunto no procreó otros hijos sino los mencionados en esta solicitud; que les consta lo antes dicho por conocer suficientemente al solicitante y co-herederos identificados en la presente solicitud. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN, APODERADO DE LOS CO-HEREDEROS ENILDE GUACARAN DE CORREA, EMILIO ALFONSO CORREA GUACARAN, REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN y ERICK ALFONZO CORREA GUACARAN; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de el difunto EMILIO ALFONZO CORREA LEDEZMA . Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.
La Secretaria ;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

Seguidamente se devuelve constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

VRVB/ Dayris
Sol. Nº 5.393-12