En el día de hoy Veintisiete (27) de Marzo del año Dos Mil Doce (2.012), siendo las dos y veinte minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto Ejecutor de Medidas y su Secretaria, abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado, Julio Bacalao Del Castillo, en la siguiente dirección señalada por la presentación de la parte actora a fin de constituirse este comisionado: Avenida Andrés Bello, Edificio Banco Mercantil, Planta Baja, agencia bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, sede principal, Municipio Libertador, Distrito Capital, fin de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES interpuesto por la sociedad mercantil TEAM INDUSTRIAL SERVICES, C.A., contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS METALURGICAS VAN DAM, C.A..-Una vez en la sede bancaria señalada en el mandamiento de ejecución a fin de constituirse este comisionado, el Tribunal es atendido por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Reinaldo Albarran Balza, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-10.376.179, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado desempeñar el cargo Gerente de Servicios Operativos de la entidad bancaria.-Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargados preventivamente el monto disponible en la cuenta corriente bancaria cuyo titular es la sociedad mercantil Industrias Metalúrgicas Van Dam, C.A., identificada con el Nro. 0105-0015-09-1015220142, hasta cubrir el monto decretado por el comitente para ser embargadas cantidades liquidas de dinero, que comprende la suma de Doscientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Bolívares con Noventa y Un Céntimos (Bs. 298.800,91).-Es todo.-Seguidamente el ciudadano Reinaldo Albarran Balza, antes identificado, en su condición de Gerente de Servicios Operativos de la entidad bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, expone: Efectivamente una vez realizada la búsqueda en el sistema de la entidad bancaria, el mismo arroja que dicha cuenta existe a nombre de la sociedad mercantil demandada en este proceso, y actualmente posee monto disponible para ser objeto de la medida ordenada.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el realizado, y vista y oída la información suministrada por el funcionario del banco, ciudadano Reinaldo Albarran, en su condición de Gerente de Servicios Operativos de la entidad bancaria, el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 298.800,91), monto este disponible en la cuenta corriente identificada con el numero 0105-0015-09-1015220142, cuyo titular es la sociedad mercantil demandada, Industrias Metalurgicas Van Dam, C.A., y a tal efecto se ordena a la entidad bancaria, resguarde el monto embargado preventivamente en este acto en la cuenta litigio destinada para ello, hasta tanto el comitente decida lo conducente.-El Tribunal, cumplida como ha sido su mision, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde.-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR



EL NOTIFICADO LA SECRETARIA
Abg. Josefa Mantilla

Exp: 12-2962