Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio.
Caracas, treinta (30) de marzo de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-003613
SOLICITANTE: NEREIDA JUSEPPE HERNÁNDEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.817.016.
ABOGADO ASISTENTE: NESTOR ZAMBRANO SÁNCHEZ, Defensor Público Primero (1°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del la Área Metropolitana de Caracas.
NIÑAS: (SE OMITEN SUS DATOS DE IDENTIFICACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LOPNNA).
MOTIVO: CURADOR AD-HOC.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, presentado en fecha veintinueve (29) de febrero del año en curso, por la ciudadana NEREIDA JUSEPPE HERNÁNDEZ RAMOS, anteriormente identificada, debidamente asistida por el abogado NESTOR ZAMBRANO SÁNCHEZ, Defensor Público Primero (1°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual solicita que se le nombre CURADOR AD-HOC a sus hijas, las niñas(SE OMITEN SUS DATOS DE IDENTIFICACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LOPNNA), en virtud que contraerá matrimonio civil próximamente; y celebrada como fue el día jueves veintinueve (29) de marzo del presente año, a las nueve de la mañana (09:00 A.M.), la AUDIENCIA ÚNICA a la que se refiere el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la cual comparecieron la solicitante, así como la persona propuesta para ejercer el cargo de Curador Ad-Hoc de las niñas de marras, ciudadana MORAIMA ISABEL RAMOS DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.225.538; quien manifestó su aceptación del cargo y prestó su juramento de Ley; en consecuencia, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con en el artículo 110 del Código Civil Venezolano, acuerda DISCERNIR en la persona de la ciudadana MORAIMA ISABEL RAMOS DE RAMÍREZ, anteriormente identificada, el cargo de CURADOR AD HOC de las niñas (SE OMITEN SUS DATOS DE IDENTIFICACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LOPNNA), con todas las consecuencias jurídicas que de ello se deriven, y así se decide expresamente.
Remítase un (01) ejemplar de la presente resolución a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, a objeto de que se le entregue al solicitante. Por último, en virtud que no existen más actuaciones que cumplir, se ordena el CIERRE y ARHIVO DEFINITIVO del expediente. Cúmplase
Publíquese, regístrese y déjese copia en el Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en la ciudad de Caracas, a los treinta (30) días del mes de marzo de dos mil doce (2012), Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. AURIMAR CÁCERES ROJAS.
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO FALCÓN.
En esta misma fecha, treinta (30) de marzo de dos mil doce (2012), previó anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 03:26 PM. Conste.
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO FALCÓN.
AP51-J-2012-003613
ACR/AF/NBriceño
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