REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-003733
SOLICITANTE: SCARLETT ROSY VASQUEZ PÑERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.161.416.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA COBRAR

Por recibido en fecha 05 de marzo de 2012 proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), el presente asunto signado bajo la nomenclatura AP51-V-2012-003733, este Tribunal hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se evidencia del comprobante de Recepción de asuntos nuevos expedidos por la Unidad de Recepción y distribución de Documentos de este Circuito Judicial que ingresa EN FECHA 02/03/2012, un escrito de Autorización Judicial para Cobrar, constante de un (01) folio útil y veinticinco (25) folios anexos, presentado por la ciudadana SCARLETT ROSY VASQUEZ PIÑERO, titular de la cedula de identidad N° V- 14.161.416, el cual fue distribuido a este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: de la revisión del presente asunto a los fines de proceder a dictar las directrices de cómo sería admitido, se percata quien aquí suscribe, que el mismo no se trata de una solicitud nueva ya que el escrito que acompaña el referido “comprobante de distribución”, no es un escrito de solicitud (libelo) sino que se trata de una diligencia perteneciente al asunto AP51-J-2012-001237, contentivo de una Autorización Judicial para Cobrar, a favor de las niñas VALERIA GABRIELA y CAMILA VALENTINA CARABALLO VASQUES, perteneciente al Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: visto lo anteriormente descrito, la coordinadora de Secretarios correspondiente, procede a remitir la totalidad del escrito anteriormente señalado, mediante oficio N° CS4-038-2012, de fecha 05/03/2012, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, a fin de que el mismo sea distribuido al tribunal competente en el asunto que le corresponde, dejándose en el presente asunto copia del escrito ingresado; es por todo lo señalado anteriormente que se hace necesario ordenar el CIERRE SISTEMÁTICO del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ


Abg. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA,

Abg. ADRIANA MIRELES





AP51-J-2012-003733
Lcd/am/Brey*