REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CALABOZO.
JUZGADO SEGUNDO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPC1ON JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
Calabozo, Lunes doce de marzo del año dos mil doce (12-03-2012).
201° y 153°
EXPEDIENTE N° 8.889-11.
En la causa que nos ocupa por fraude procesal, a través de la cual el denunciante ciudadano Manuel Eduardo Riani Armas, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V.-846.126, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 2.155, domiciliado en la ciudad de Calabozo, Estado Guárico, actuando por sus propios medios, acciona en contra de la ciudadana Amelia Teresa Torrealba Anzola, venezolana, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° 7.420.563, inscrita en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 53.457, domiciliada en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, fue admitida en base a lo dispuesto por el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil.