En horas de Despacho del día de hoy, Veintiocho (28) de Marzo del Dos Mil Doce (2012), siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 13-02-2012; con motivo del Juicio que por Intimación sigue la ciudadana IRMA MARIA OCAMPO en contra de la Ciudadana ETELVINA INFANTE. Se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, acompañados por la Abg. MIRVIA ROSSY DUQUE Inpreabogado Nº 101.385, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora; encontrándonos ubicados en la siguiente dirección: Urbanización Paso Real, Casa Nº 18 de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guarico. Una vez presentes en el lugar fuimos atendidos por la Ciudadana ETELVINA DE JESUS INFANTE GOUVERNEUR, identificada anteriormente a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir éste Juzgado. En este estado se le da el derecho de palabra a la parte ejecutada, quien expone: “me comprometo a cancelar en su totalidad la deuda adquirida por la Ciudadana MARIA YRMA OCAMPO ANGARITA, es decir la cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS BOLIVARES (12.700,oo Bs.) dando así por concluida la obligación contraída por la referida ciudadana, es todo”. Seguidamente el Tribunal le concede el derecho de palabra a la abogado ejecutante, quien expone: “En nombre de mi representado acepto el pago que se me hace, quedando así por terminada la presente demanda y en consecuencia solicito en este mismo acto, la remisión de la presente comisión con sus resultas debidamente cumplida para el Tribunal de origen, por tal razón queda así concluida nada se debe nada se adeuda, es todo”. En éste estado éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el acuerdo entre las partes DECLARA EJECUTADA la presente comisión, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. MIRVIA ROSSY DUQUE; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) ETELVINA DE JESUS INFANTE GOUVERNEUR; y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.