REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas; 24 de Abril de 2012
202° y 153°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:

Al ciudadano JOAO GERALDO CORREA DIDIER, de nacionalidad brasilera, mayor de edad, de este domicilio, pasaporte N° 384669, y/o en la persona de su apoderado Judicial ciudadano ROBERTO ALFREDO CAMPOS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.576; a los ciudadanos MANUEL TRUJILLO TRUJILLO, MANUEL TRUJILLO MENDEZ, OLGA MARÍA TRUJILLO MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.754.239, 5.221.155 y 4.765.869, respectivamente; la sociedad mercantil LANCIA DE VENEZUELA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de enero de 1975, anotada bajo el N° 35, Tomo 1-A, y el ciudadano ARMANDO AGUILAR PLASCENCIA, de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, pasaporte N° Z.22495644, y/o en la persona de sus apoderados judiciales, que con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO (expediente signado bajo el N° 12-0015 nomenclatura interna de este Juzgado Itinerante, N° AH13-V-1992-000008 expediente antiguo), sigue el ciudadano JOAO GERALDO CORREA DIDIER contra el ciudadano MANUEL TRUJILLO TRUJILLO, en su nombre propio y como gestor de negocios de MANUEL TRUJILLO MENDEZ, OLGA MARÍA TRUJILLO MENDEZ, ARMANDO AGUILAR PLASCENCIA y de la sociedad mercantil LANCIA DE VENEZUELA, S.A., este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución N° 2011-0062, distada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse de oficio al conocimiento de la presente causa y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial como el la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días continuos, vencidos los mismos se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de Conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ TEMPORAL

BOLÍVAR MARTÍN LÓPEZ

N° EXP. 12-0015 (Itinerante)
N° EXP. AH13-V-1992-000008 (Antiguo)
BMLP/AP/ av