ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000950


PARTE ACTORA: HELIMENES FRANCISCO PUERTA PEÑA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN NETO
PARTE DEMANDADAEL RUSTICO DOS SANTOS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JONATHAN VARELA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 22 de mayo de 2012, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JUAN NETO, Procuradora del trabajo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.066, en su carácter de apoderadO judicial de la parte actora ciudadano HELIMENES FRANCISCO PUERTA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº 7.776.702, y el abogado en ejercicio JONATHAN VARELA, inscrito en el IPSA bajo el N° 118.054, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, la parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs. 3.000, por cada uno de los conceptos demandados en virtud de los pagos recibidos por el trabajador el cual será pagado en fecha 05 de junio de 2012, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del pago único acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático.
Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.-
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Parte actora y el Procurador del Trabajo.

Apoderado parte demandada



El Secretario

Abg. Luis Barranco