Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 09 de Mayo de 2012
201º y 153º
ASUNTO: AP51-S-2005-000603.
Vista la diligencia de fecha 20 de Abril de 2012, presentada por la ciudadana MARIA ACELINA DEL VALLE AUDRINES MONTANER, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad Nro. V-21.310.275, quien se encuentran debidamente asistida en este acto por la abogada MARGARITA DEL VALLE MONTANER RIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.249, mediante la cual informa a este Tribunal que alcanzo la mayoría de edad, motivo por el cual solicita autorización para poder disponer del dinero que se encuentran depositados en las cuentas del Banco Industrial de Venezuela Nros. 003-0010-16-0101042516 y 003-0081-12-0100397352, y revisadas minuciosamente como han sido las actas que conforman el presente asunto, se observa que ciertamente la referida joven alcanzó la mayoría de edad el día 20 de Septiembre de 2010, tal como se evidencia de copia simple de la partida de nacimiento cursante al folio diez (10) del presente asunto.
En consecuencia, esta Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda AUTORIZAR a la ciudadana MARIA ACELINA DEL VALLE AUDRINES MONTANER, antes identificada, a retirar de la cuentas de ahorros Nros. 003-0010-16-0101042516 y 003-0081-12-0100397352, aperturadas en el Banco Industrial de Venezuela, el dinero que le corresponde y que se encuentra depositado en la misma. En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar a la Oficina de Control y Consignaciones, a los fines de comunicarle lo conducente. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG. LISBETH KARINA MARTIN SIMOZA.
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS MORALES
LKMS/LM/HERIBERTIO MEDINA
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