REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Tucupido, 16 de Mayo de 2.012.-
201° Y 151°
El Tribunal en virtud de la exposición realizada ante este Despacho por el ciudadano: ELISAUL FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-20.588.609, donde Desiste del Procedimiento en el presente Juicio Nº 1022-10, con motivo de Obligación de Manutención; este Tribunal en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Se acuerda remitir en su oportunidad al Archivo Inactivo.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño
Secretaria ;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
Exp. Nº 1022-10
VRVB/Dayris
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