REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 16 DE MAYO DE 2012.
201º Y 151º
Vista la exposición que antecede, realizada por la Ciudadana: MARIA MILAGROS RAMOS, cursante al folio 76 del Expediente N° 806-08, actuando en representación de su menor niña: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, quién desiste del procedimiento y de la acción en la presente causa.- El Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño y del adolescente que es de carácter irrenunciable, en la presente causa.- Se ordena el Archivo del presente expediente y se acuerda oficiar al Gerente del Banco Bicentenario, Sucursal, a los fines de cancelar la cuenta de ahorro N° 70146750060034672, del Banco Bicentenario, a nombre de la menor.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
En la misma fecha con oficios N° , se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
Exp. Nº 806-08.
VRVB/DAR/mildred.-.
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