REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.


TUCUPIDO, 21 DE MAYO DE 2012.
201º Y 151º


Vista la exposición que antecede, realizada por la Ciudadana: ELOINA RAMIREZ MACHUCA, cursante al folio 59, del Expediente N° 733-07, actuando en representación de su menor niña: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, quién desiste del procedimiento y de la acción en la presente causa.- El Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño y del adolescente que es de carácter irrenunciable, en la presente causa.- Se ordena el Archivo del presente expediente, se acuerda oficiar al Gerente del Banco Bicentenario, Sucursal Tucupido Estado Guárico, a los fines de cancelar la cuenta de ahorro N° 70146780060271779 , a nombre de la menor.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.

En la misma fecha, con oficio N° , se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.


Exp. Nº 733-07.
VRVB/DAR/mildred.-.