REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-001074
PARTE ACTORA: SILVIO ANTONIO SALAS NEGRON
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROLANDO ALFREDO DORTA LÓPEZ
PARTE DEMANDADA: P & CO FASHION DE VENEZUELA C.A. (con denominación comercial CARLO PELUFFO)
REPRESENTANTE ESTATUTARIO: JUAN CARLOS CASIQUE PELUFFO
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE DEMANDADA: MAHIRA GUTIERREZ ALVAREZ
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 07 de noviembre de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma del ciudadano SILVIO ANTONIO SALAS NEGRON, cédula de identidad NºV-17.098.621, en su carácter de parte Actora, quien no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente, se deja constancia de la comparencia por la parte Demandada P & CO FASHION DE VENEZUELA C.A. (con denominación comercial CARLO PELUFFO), de quien dice ser representante estatutario ciudadano JUAN CARLOS CASIQUE PELUFFO, cédula de identidad Nº10.531.267, asistido en dicho acto por la abogada MAHIRA GUTIERREZ ALVAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº36.734. En consecuencia, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente y se instará a las partes a retirar los escritos de promoción de pruebas y anexos aportados al inicio de la Audiencia Preliminar. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 y 202.
La Juez
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Adriana Bigott
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