REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-001390
Vista la transacción presentada en fecha 05 de noviembre de 2012, suscrita por los abogados XIOMARA DÍAZ I.P.S.A. N° 87.923 y MARTIN GUERRERO I.P.S.A. N° 82.780, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS 42/100 CENTIMOS (BS. 47.892,42), cancelados mediante Cheque N° 66602918 de la Cuenta Nº 0191-0051-15-2551000017, de fecha cuatro 04 de octubre de 2012, girado contra el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, a nombre del ciudadano JORGE BARRETO CARDENAS parte actora en el presente asunto, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo Se deja sin efecto el auto de fecha nueve 09 de noviembre de 2012. Así se establece.-
La Juez
El Secretario
Abg. Evely Farias Paz
Abg. Oscar Castillo
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