REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, dos (02) de Noviembre del dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP51-V-2011-017057
DEMANDANTE: JOSÉ GREGORIO GAONA SERRADA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.636.512.
DEMANDADO: JOSÉ GREGORIO GAONA SERRADA,, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad V- 14.245.080.
MOTIVO: Responsabilidad de Crianza.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Se inicia la presente Demanda de Responsabilidad de Crianza, mediante escrito presentado por ante la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos (U.R.D.D) por el ciudadano, JOSÉ GREGORIO GAONA SERRADA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.636.512, a favor de su hijo “cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”, de nueve (09) años de edad, debidamente asistida por el abogado CARLOS CUICAS COLON, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 80.058, contra la ciudadana EVELYN MERCEDES PÉREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad V- 14.245.080. Este Despacho Judicial ha evidenciado que en fecha 01/11/2012, día y hora fijado por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Fase de Sustanciación, se levantó Acta en la cual se dejó expresa constancia de la NO comparecencia de los ciudadanos, JOSÉ GREGORIO GAONA SERRADA y EVELYN MERCEDES PÉREZ GONZALEZ ut supra identificados, por ende se declaró TERMINADA la demanda de Responsabilidad de Crianza; en consecuencia este Tribunal, señala lo establecido en el articulo 477 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
“…Si ambas partes no comparecen , se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicará el mismo día…”
En virtud de lo expuesto anteriormente, esta Juez del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO, la presente demanda DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, presentada por el ciudadano, JOSÉ GREGORIO GAONA SERRADA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.636.512, a favor de su hijo “cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”, de nueve (09) años de edad, contra la ciudadana EVELYN MERCEDES PÉREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad V- 14.245.080. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en el Despacho de la Juez del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los dos (02 ) días del mes de Noviembre de Dos Mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ,

Abg. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA,

ABG. ANADIS OCHOA