REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, primero (01) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
Visto que en fecha 14 de marzo de 2005 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia mediante la cual declaró CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana NOHEMI AZUCENA MEJÍAS LIMA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DEL ESTADO GUÁRICO. Este Órgano Jurisdiccional ordena oficiar al Síndico Procurador del Municipio San Gerónimo de Guayabal del estado Guárico, a los fines que informe si dio cumplimiento a la referida sentencia, en cuyo caso deberá remitir las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento. De no haber dado cumplimiento debe informar a este Tribunal forma y oportunidad de hacerlo, otorgándole para ello un lapso de treinta (30) días de despacho. Cúmplase lo ordenando. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2004-000022
RADZ/RJRF/eryh