REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

Vista la decisión dictada en fecha 04 de diciembre del 2000 por el entonces Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), en la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por la ciudadana NATALIE SELENE MARQUEZ OLIVO (cédula de identidad Nº 10.669.065), asistido por la abogada Lina LOZANO MÁRQUEZ (INPREABOGADO Nº 37.461), contra el FONDO DE DESARROLLO DEL ESTADO GUÁRICO, mediante la cual declaró CON LUGAR la acción interpuesta y ordenó la reincorporación del querellante al cargo que venía ocupando o en uno de igual o superior jerarquía y el pago de los sueldos y demás beneficios socio económicos referidos a la prestación del servicio, este órgano jurisdiccional ordena oficiar al Presidente del Fondo de Desarrollo del estado Guárico, a fin de solicitarle información respecto a la oportunidad y forma de cumplimiento de la aludida decisión. A tales efectos, se le otorga un plazo de diez (10) días de despacho, contados a partir que conste en autos el recibo del oficio. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2000-000002
RADZ/RJRF/eryh