REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas del expediente se evidencia que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 22 de mayo de 2002 declaró CON LUGAR la apelación en la querella funcionarial interpuesta por los abogados María Eugenia CUENCA SEGURA y Wilson Antonio LÓPEZ (INPREABOGADOS Nros. 63.583 y 60.134) en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RAMÓN CUENCA SEGURA (cédula de identidad Nº 5.623.737) contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO.
Ahora bien, por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar en este asunto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente conformado por dos (2) piezas, la pieza uno contentiva de trescientos setenta y uno (371) folios útiles y la pieza dos de trescientos treinta y cinco (335) folios incluido este auto.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2000-000011
RADZ/RJRF/eryh