REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinte (20) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 08 de mayo de 2008, dictó sentencia en la presente mediante la cual declaró INDMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana HORTENCIA MARGARITA ORDAZ DE FAJARDO, con representación judicial, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
Por tanto, no queda alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional, en consecuencia, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Conformado por una (1) pieza principal contentiva de ciento cuarenta y cuatro (144) folios útiles, incluido el presente auto y un cuaderno separado contentivo de doscientos treinta y siete (237) folios útiles.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2007-000074
RADZ/RJRF/gcmm