REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiuno (21) de noviembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
Vista la decisión dictada en fecha 16 de mayo de 2012 por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), mediante la cual declaró INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACIÓN, en la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por los ciudadanos JIMMY RAFAEL OLIVERO SOLÓRZANO y FRANK REINALDO HERNÁNDEZ contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión, este Órgano Jurisdiccional por cuanto no consta la notificación del órgano accionado y en acatamiento a dicho fallo ordena la notificación de la parte querellada. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2008-000035
RADZ/RJRF/eryh