REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
Corte de Apelaciones
San Juan de los Morros, 9 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL JP21-P-2010-000781
ASUNTO JP01-X-2012-000099
DECISIÓN Nº TREINTA Y TRES (33)
JUEZA INHIBIDA ABG. MERLY VELASQUEZ DE CANELON
PROCEDENCIA JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO, DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO, EXTENSION VALLE DE LA PASCUA
MOTIVO INHIBICIÓN
PONENTE ABG. JULIO CÉSAR RIVAS
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La ciudadana Abogada MERLY VELASQUEZ DE CANELON, en su condición de Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Valle de la Pascua se inhibió de conocer de la causa distinguida con el Nº JP21-P-2010-000781, nomenclatura llevada por ese Juzgado, seguida al ciudadano WILLIAN RAFAEL MUÑOZ, por manifestar que se encuentra incursa en la causal contenida en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.

Con el objeto de sustentar la inhibición propuesta, la ciudadana Juez inhibida, invocó como medios de pruebas, lo que a continuación se transcriben:

Copia Certificada Auto de Apertura a Juicio Oral y Público de fecha 04 de Agosto de 2012.

En tal sentido, por considerarlas útiles y pertinentes a los fines del pronunciamiento de fondo de la inhibición planteada, esta Sala Accidental acuerda ADMITIRLAS y resolver dentro del lapso legal correspondiente.



DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE la presente inhibición así como las pruebas ofrecidas y anexadas por la ciudadana Jueza inhibida;

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Así mismo, líbrese Boleta de Notificación a la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Valle de la Pascua.

LA JUEZA PRESIDENTA DE LA SALA,


ABG. ANA SOFIA SOLORZANO RODRIGUEZ


LOS JUECES SUPERIORES



ABG. WENDY DAYANA SALAZAR PEREZ ABG. JULIO CÉSAR RIVAS FIGUERA.
(Ponente)

LA SECRETARIA,


ABG. VERUSCHKA MENDEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,


ABG. VERUSCHKA MENDEZ



Asunto Nº JP01-X-2012-000099
BAG/ASSR/JCRF/VM/crgb.-