REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-003568
Visto las diligencias de fecha 18/10/2012 y de fecha 22/10/2012 presentada por el ciudadano AGUSTIN RONDON, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.895.644; debidamente asistido por la abogada INES MONTEROLA, inscrita en el I.P.S.A. N° 68.626, mediante el cual declara en cada una de las diligencias PRIMERO: que desiste de la acción y del procedimiento y SEGUNDO: que desiste del procedimiento mas no de la acción. En consecuencia, este Juzgado por cuanto no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole efectos de cosa juzgada, ordenándose el cierre y archivo del presente asunto y ASI SE ESTABLECE.
La Juez
La Secretaria
Abg. Jhacnini Torres
Abg. María Veruschka Dávila
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