JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CICRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARCAS


ACTA

N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-003509
PARTE ACTORA:MIGUEL ANGEL SALAZAR TENIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: no consta
PARTE DEMANDADA: GARAGE DORAL CENTRO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS GUAREPE. Inscrita en el I.P.S.A. Nº : 50.613
MOTIVO:Estabilidad-

En el día hábil de hoy diecinueve de octubre de dos mil doce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio,; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que hizo acto de presencia la parte demandada, GARAGE DORAL CENTRO, representada por la abogado MILAGROS GUAREPE. Inscrita en el I.P.S.A. Nº : 50.613, carácter que consta en instrumento poder que consigna en copia simple para que sea agregada a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.


El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto
Abg. Dorimar Chiquito.