REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 19 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP11-V-2012-001039
Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio Nº 2012-0463, de fecha 03 de Octubre de 2012, constante de una (01) de doscientos veint5iséis (226) folios útiles, contentivo del Juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA sigue CARMEN EMPERATRIZ MENDEZ PEÑALVER contra JUAN VICENTE GOMEZ SOSA, MARIOLGA GOMEZ SOSA Y MELISA GOMEZ SOSA, en virtud de la Declinación de competencia en razón de la materia planteada en fecha 31 de julio de 2012, el Tribunal, le da entrada y acuerda anotarlo en los libros respectivos, a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Ahora bien, luego de analizadas dichas actas procesales, vistos los extremos previstos en la Ley que regulan la competencia de las causas y la naturaleza de la demanda observa, que efectivamente corresponde, a este Juzgado, conocer la demanda. En consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer del presente juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA sigue CARMEN EMPERATRIZ MENDEZ PEÑALVER contra JUAN VICENTE GOMEZ SOSA, MARIOLGA GOMEZ SOSA Y MELISA GOMEZ SOSA, asimismo, el Tribunal, y mediante auto separado, este Tribunal, pronunciará respecto su admisión.-
LA JUEZ,


DRA. BELLA DAYANA SEVILLA JIMÉNEZ.
LA SECRETARIA,


ABG. JENNY VILLAMIZAR.
BDSJ/JV/ROSSY-09.-
Asunto: AP11-V-2012-001039.-