REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º


ASUNTO: AP21-S-2011-001709

Vista la diligencia suscrita el 10 de octubre del año 2012, por la abogada BEATRIZ PONPA , inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 178.178, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente LABORATORIOS VIVAX PHARMACEUTICALS, C.A., el cual estando facultado para ello, desiste expresamente en nombre de su representada del presente procedimiento de oferta real de pago propuesto por la referida empresa a favor del oferido ciudadana YOLIMA RODRIGUEZ; en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento del procedimiento en los términos en que fue expuesto. Así se establece.

EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS MEDINA CUBILLAN

El SECRETARIO
ABG. MARIO COLOMBO