REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 26 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2012-015315
Vista la diligencia que antecede a la presente actuación de fecha 19 de Octubre de 2012, presentada por ciudadano ALIRIO JOSÉ BURGOS PEÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.539.818, debidamente asistido por el Abogado ANGEL ALEJANDRO MORILLO MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.877, mediante la cual manifiesta el desistimiento de la presente causa de Divorcio Contencioso, por cuanto el ciudadano ALIRIO JOSÉ BURGOS PEÑA, antes identificado, y la ciudadana GABRIELA EUGENIA TERIUS PADRON, titular de la cédula de identidad Nº V-11.740.261, llegaron a un acuerdo y decidieron separarse en forma amistosa. En consecuencia, esta Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede a dictar el DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, y los originales que cursan en el expediente, una vez que una de las partes consigne los fotostatos requeridos. Así mismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ,
DRA. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS EL SECRETARIO,
ABG. IVAN CEDEÑO
AP51-V-2012-015315
DRC/IC/Lenny
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