REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, uno (01) de septiembre de (2012)
202º y 153º


Visto que en fecha quince (15) de abril de 2010 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (Hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua) dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISIBLE POR CADUCIDAD y el 26 de julio de 2012 la CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO confirmó la aludida decisión en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ LUIS ROJAS, representado por la abogada Belkis FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267) contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CON SEDE EN SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUÁRICO, este Juzgado en aras de garantizar la tutela judicial efectiva ordena notificar a las partes. Líbrese oficio y boleta.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2005-000121
RADZ/RJRF/gcmm