REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia de fecha 14 de noviembre de 2003 en la presente causa, mediante la cual declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano EDUARDO LÓPEZ SANDOVAL, actuando en su propio nombre, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO GUÁRICO, asimismo se observa que en fecha 05 de mayo de 2005 la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo confirmó el aludido fallo.
Por tanto advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza contentiva de doscientos treinta y nueve (239) folios útiles, incluido el presente auto.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2002-000055
RADZ/RJRF/eryh