REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, en fecha 14 de agosto de 2007, dictó sentencia en la presente causa, declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana YRENE YSABEL MORALES TOVAR, con representación judicial, contra la CONTRALORÍA DEL MUNCIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO. No obstante, se advierte que en fecha trece (13) de diciembre de 2010 la CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCISO ADMINISTRATIVO declaró SIN LUGAR el recurso y ANULO la apelación recurrida.

Por tanto, no queda alguna otra actuación por realizar por parte de este Órgano Jurisdiccional, en consecuencia, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Conformado por dos (02) piezas principales, una (01) contentiva de ciento treinta (130) folios útiles, dos (02) contentiva de ciento setenta t tres (173) folios útiles, incluido el presente auto y unos antecedentes administrativos.

El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JP41-G-2006-000088
RADZ/RJRF/gcmm