REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, once (11) de octubre de (2012)
202º y 153º
Visto que en fecha veinticuatro (24) de febrero de 2003 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia mediante la cual declaró CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JESÚS ALBERTO VIVAS UZCATEGUI, con representación judicial, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO por intermedio de la Dirección de Recurso Humanos. Se advierte además que en fecha dieciocho (18) de septiembre de 2003 la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró desistida la apelación ejercida y parcialmente con lugar la aludida decisión.
No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en las sentencias antes mencionada, se ordena oficiar a la Procuradora General del estado Guarico, a los fines que informe si se dio cumplimiento a lo mismo. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2002-000030
RADZ/RJRF/gcmm