REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecisiete (17) de octubre de (2012)
202º y 153º
Vista la decisión dictada en fecha veintidós (22) de junio de 2004 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana MARLIN JOSEFINA MORILLO GARCÍA (cédula de identidad Nº V- 15.062.873) contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JOSÉ TADEO MONAGAS DEL ESTADO GUÁRICO y ordenó notificar de la referida decisión, este Órgano Jurisdiccional por cuanto no consta la notificación y en acatamiento a dicho fallo ordena la notificación a la parte querellante.
Ahora bien, revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se advierte que no consta el domicilio procesal del querellante, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2002-000005
RADZ/RJRF/gcmm