REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecinueve (19) de octubre de (2012)
202º y 153º


Vista la decisión dictada en fecha dieciocho (18) de octubre de 2012 mediante la cual se declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial que interpusiera KARIANA SOJO MIRANDA, asistida de abogado, contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO, este Órgano Jurisdiccional ordena notificar a la Procuradora General del estado Guárico y a la Contralora General del estado Guárico, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en concordancia con el artículo 36 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2000-000012
RADZ/RJRF/gcmm