REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintinueve (29) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
Visto que en fecha 21 de marzo de 2012 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de abstención o carencia interpuesto por la sociedad mercantil INVERSORA CROMA. C.A., con representación judicial, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, y ORDENÓ al Alcalde del referido municipio dar respuesta adecuada a la sociedad mercantil Inversora Croma, C.A. y SANCIONÓ al Síndico Procurador del municipio supra mencionado con multa de cuatro mil quinientos bolívares (4500 Bs.), equivalentes a cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.), este Órgano Jurisdiccional ordena oficiar al Síndico Procurador del Municipio Juan Germán Roscio del estado Guárico, a los fines que informe si dio cumplimiento a la referida sentencia, en cuyo caso deberá remitir las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento. De no haber dado cumplimiento debe informar a este Tribunal forma y oportunidad de hacerlo, otorgándole para ello un lapso de diez (10) días de despacho. Cúmplase lo ordenando. Líbrese oficio.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2011-000030
RADZ/RJRF/eryh