REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, tres (03) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JOSÉ LUIS TORTOLERO, con representación judicial, contra la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÁRICO, en fecha 27 de mayo de 2009 la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo declaró firme el aludido fallo.
Por tanto advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por dos (02) piezas una contentiva de trescientos noventa y cinco (395) folios útiles, la segunda pieza contentiva de cincuenta y siete (57) folios útiles incluido el presente auto y uno (01) cuaderno separado donde corren insertas las copias certificadas de los antecedentes administrativos.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2004-000039
RADZ/RJRF/gcmm