REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de octubre de (2012)
202º y 153º


Visto que en fecha doce (12) de abril de 2004 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia mediante la cual declaró CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana EDIS JOSEFINA LEÓN HINAGAS, con representación judicial, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA VIVIENDA DEL ESTADO GUÁRICO (IAVEG). Se advierte además que en fecha treinta y uno (31) de enero de 2007 la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró SIN LUGAR la apelación del fallo recurrido y CONFIRMÓ la aludida decisión.

No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en las sentencias antes mencionada, se ordena oficiar a la Procuradora General del estado Guarico, a los fines que informe si se dio cumplimiento a lo mismo. Líbrese oficio.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN




Exp. Nº JE41-G-2003-000008
RADZ/RJRF/gcmm