REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta (30) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia de fecha 16 de junio de 2003 en la presente causa, mediante la cual declaró INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano RAMÓN ALFREDO CARRERO CASTRO, con representación judicial, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO. Dicho fallo fue confirmado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 04 de septiembre de 2003.
Por tanto advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza contentiva de ochenta y dos (82) folios útiles, incluido el presente auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2003-000019
RADZ/RJRF/eryh