REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
Cumplidos los trámites procedimentales establecidos en la Ley del Estatuto de la Función Pública y estando dentro de la oportunidad legal para dictar el dispositivo del fallo en la presente causa, a tenor de lo establecido en el artículo 107 de la referida ley, este Juzgado Superior Contencioso administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados Luis Alfredo DOMACASÉ GUEVARA y Carmen Amelia NÚÑEZ DE DOMACASÉ (INPREABOGADOS Nros. 86.296 y 86.297) en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano YGNACIO MARTÍN MORALES NIEVES (cédula de identidad Nº 5.152.413) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. El texto íntegro de la sentencia será publicado dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, a tenor de lo previsto en el artículo 108 eiusdem.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2011-000043
RADZ/RJRF/eryh