REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, ocho (08) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por los ciudadanos MARÍA GUILLERMINA ARVELAEZ DE SJOSTRAND Y OTROS, con representación judicial, contra la ALCALDÍA DEL MUNCIPIO SAN JOSÉ DE GUÁRIBE DEL ESTADO GUÁRICO .
Por tanto advierte este Juzgado que no existen actuaciones pendientes por realizar y en consecuencia se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza contentiva de ciento veintiocho (128) folios útiles, incluido el presente auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2005-000015
RADZ/RJRF/gcmm