REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Veintinueve (29) de Octubre del Dos Mil Doce (2.012).

202º y 153º

Vista la inhibición que cursa en el folio 112, de este expediente, fechado el día Quince (15) de Junio del 2.012, formulada por el Abogado Dr. Guillermo Blanco Vázquez, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el juicio de DESALOJO seguido por CECILIA DE JESUS MEZA DE BARRIOS Y OTROS en contra de ADNAN HABIB, en el cual expuso:

“Me inhibo de conocer de la presente causa contentiva del juicio de DESALOJO seguido por CECILIA DE JESUS MEZA DE BARRIOS Y OTROS en contra de ADNAN HABIB, por cuanto en fecha Cuatro (04) de Noviembre de 2.011, acudí en esta ciudad a una mesa de dialogo en la Defensoría del Pueblo, con relación a la problemática planteada por varios inquilinos de inmuebles ubicados en la calle Gil Pulido de Altagracia de Orituco, lo cual manifesté mi opinión sobre el asunto en cuestión formulando y asesorando a las partes sobre el conflicto planteado, es por lo que me inhibo de conocer la presente causa, de conformidad con el articulo 82.15 del Código de Procedimiento Civil.”…”

Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR por ser procedente.
El Juez Accidental


Dr. Nicolás López Gómez
La Secretaria Accidental


Abg. Shirley M. Corro B.
Exp. Nº 7.110-12