REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. Valle de la Pascua, Nueve (09) de Octubre del 2.012.
202º y 153º
MOTIVO: DIVORCIO.
EXPEDIENTE Nº: 18.720.
PARTE DEMANDANTE: PEREZ CAMERO BLANCA LUZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cedula de Identidad Nro. V- 8.570.236 y de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: No tiene apoderado constituido.
PARTE DEMANDADA: CAMERO MUÑOZ JESUS RAFAEL, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. 8.569.136 y de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: No tiene apoderado constituido.
En el día de hoy, Nueve de Octubre del año dos mil Doce, siendo las 11 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el segundo acto reconciliatorio en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil y no habiendo comparecido la parte actora, ni demandada en forma personal, el Tribunal así lo hace constar y declaró extinguido el proceso de conformidad con los artículos 756 y 757 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente en el libro respectivo y en su oportunidad remítase para su archivo al Registro Principal del Estado Guárico con oficio. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez.---------------------------------------------------------------------------------------------DR. JOSÉ ALBERTO BERMEJO.----------------------- La Secretaria,-----------------------
.---------------------------------------------------------Abog. CELIDA MATOS.--------------------
Publicada y registrada en su fecha, siendo las 02:30 p.m., previa las formalidades legales. .----------------------------------------La Secretaria
CERTIFICACION: Que la copia que antecede es fiel y exacta de su original y la misma se expide por orden de este Tribunal en Valle de la Pascua a los nueve días del mes de octubre del año 2012. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
La Secretaria,
JAB/cm/ya.-
Exp. Nº 18.720.-
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