REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, once (11) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
De la revisión de las actas que conforman el expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua), en fecha diecinueve (19) de mayo de 2006, dictó sentencia en la presente causa declarando INADMISIBLE la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado Luis Alfredo DOMACASÉ GUEVARA, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANKLIN DE JESUS GUZMÁN GALLARDO, contra la POLICÍA DEL ESTADO GUÁRICO.
Dicha decisión fue confirmada en fecha diecinueve (19) de julio de 2006 por la CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, no quedando alguna otra actuación por realizar en el presente expediente. Por tanto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (1) pieza contentiva de doscientos cinco (205) folios, incluido este auto.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-O-2006-000001
RADZ/RJRF/ojgj