REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, once (11) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

Vista la decisión dictada en fecha 15 de abril de 2009 por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana MARÍA DILUBINA VELÁSQUEZ (cédula de identidad Nº 8.625.709) en su condición de Presidenta de la OCV JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, asistida por el abogado Pedro Vicente PÉREZ RODRÍGUEZ (INPREABOGADO Nº 45.360) contra “…la conducta Omisiva Dolosa e intencional del Ciudadano Alcalde JOSE MANUEL VASQUEZ ARANGUREN, (…), para que no siga otorgando CONSTANCIAS DE OCUPACION a través de la Oficina de Catastro, dependiente de esa Alcaldía. Y se abstenga de permitir que se sigan construyendo Ranchos (Viviendas) en el terreno que nos corresponde en cesión de uso…” (sic), fallo por el cual dio por terminada la solicitud de amparo constitucional, impuso a la accionante multa en favor del Fisco Nacional y ordenó su notificación, este Juzgado Superior en acatamiento a la referida decisión ordena notificar a la ciudadana MARÍA DILUBINA VELÁSQUEZ. Líbrense boleta y comisión.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-O-2009-000001
RADZ/RJRF/zh